La sucesión hereditaria, es decir por causa de muerte, se produce por voluntad del testador y a falta de testamento se produce conforme a las previsiones establecidas por la Ley.

Por lo tanto, tenemos que distinguir:

  • La sucesión testada: con testamento válido, y
  • La sucesión intestada: sin testamento o con testamento declarado nulo, pero existiendo herederos con derecho a la legítima o a ser llamados a la herencia por razón de parentesco.