El día 2 de marzo del 2023 entró en vigor la Ley 4/2023 para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI y sus familias (publicada en el BOE 1/03/2023), de la que destacamos:

En el primer artículo de la ley ya se define las personas que son objeto de protección: lesbianas, gais, trans, bisexuales e intersexuales (en adelante, LGTBI), así como de sus familias. 

En cuanto a su ámbito de aplicación, la ley se aplica a toda persona física o jurídica, de carácter público o privado, que resida, se encuentre o actúe en territorio español.

Medidas en el ámbito laboral: se regulan en los artículos 14 y 15 de la ley, que recogen el derecho de las personas trans o colectivo LGTBI a no ser discriminados, tanto en el acceso al empleo, afiliación, participación en organizaciones sindicales y empresariales, condiciones de trabajo, promoción profesional, etc…

En concreto, la ley menciona:

  • Campañas formativas
  • Indicadores de igualdad tanto en sector público y privado.
  • Distintivo empresas que destaquen por aplicar políticas de igualdad y no discriminación LGTBI
  • Incluir en los convenios colectivos prevención y eliminación de toda forma de discriminación LGTBI y procedimientos o cauces para las denuncias.
  • Inspección de trabajo para comprobar que se cumplen planes de igualdad.
  • Elaboración de códigos éticos y protocolos tanto en Administraciones públicas como empresa privada.
  • Obligatoriedad de plan de igualdad y protocolo de actuación en empresas de más de 50 trabajadores.

El artículo 15 establece:

“Las empresas de más de cincuenta personas trabajadoras deberán contar, en el plazo de doce meses a partir de la entrada en vigor de la presente ley, con un conjunto planificado de medidas y recursos para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI, que incluya un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI. Para ello, las medidas serán pactadas a través de la negociación colectiva y acordadas con la representación legal de las personas trabajadoras. El contenido y alcance de esas medidas se desarrollarán reglamentariamente.”

Por lo tanto, las empresas públicas y privadas tendrán que hacer un esfuerzo, a partir de ahora y dentro del plazo marcado por la nueva ley, para planificar un plan de igualdad y prevención del acoso y discriminación contra las personas trans y LGTBI.

La nueva ley está pendiente de desarrollo reglamentario, si bien las empresas van a comenzar a implementar protocolos de buenas prácticas.