La relación legal de los abuelos con los nietos hay que verla desde la doble perspectiva de derechos y de obligaciones.

Los abuelos no son todos iguales, sólo forman parte del grupo “abuelos” por tener nietos pero en realidad se trata de un grupo integrado por personas cada una con diferentes circunstancias.

Las obligaciones, que luego veremos, alcanzan a todos los abuelos, pero no todos los abuelos quieren ejercer sus derechos en relación con sus nietos.

Aquí queremos tratar de los abuelos que ejercen de tales o quieren seguir haciéndolo en relación con sus nietos.

Por abuelos ejercientes entendemos aquellos que quieren seguir manteniendo una relación fluida con sus nietos e incluso contribuir en la crianza de estos.

Los abuelos ejercientes:

  • Ayudan en las tareas de cuidado de los nietos, por trabajar ambos progenitores, por faltar uno de ellos, o simplemente cuando los padres se toman unas merecidas vacaciones.
  • Transmiten afecto y cariño a los nietos, incluso en ocasiones de forma distinta o más directa del que pudieron dispensar a sus propios hijos cuando eran pequeños pues en aquella época estaban ocupados trabajando.
  • Transmiten a los nietos experiencia en la vida, muchas veces con las famosas “batallitas del abuelo/a” .
  • En momentos de necesidad de los padres los abuelos apoyan a la familia tanto a nivel personal como financiero.
  • Ayudan a solucionar los problemas entre los padres y sus hijos, es decir sus nietos.

En definitiva, la función de los abuelos es esencial en la crianza de los nietos y enriquece tanto a los abuelos como a los nietos. También los padres ven en sus propios padres una faceta que no conocían cuando interactúan con los nietos.

Las causas más frecuentes que dificultan que los abuelos sigan relacionándose con sus nietos en el modo en que venían haciéndolo suelen ser:

  • Fallecimiento del progenitor que les unía al nieto y consiguiente distanciamiento del viudo/a y del nieto.
  • Desavenencias familiares con los propios hijos.
  • La separación o divorcio de los hijos, aunque esta causa puede valer tanto para dificultar como para mejorar cuantitativamente (tiempo) la relación (por el régimen de visitas establecido a favor del hijo/a).

Por Ley los abuelos ostentan derechos y obligaciones en relación a sus nietos:

  1. Obligaciones: se concreta en el derecho de alimentos el cual se concreta en el derecho de los nietos a recibir de sus abuelos – a falta de padres- todo lo necesario para su sustento, habitación, vestido y asistencia médica y lo necesario para su educación si se trata de menores de edad
  2. Derechos: el derecho fundamental a que se reconozca su derecho a relacionarse con sus nietos. Hemos dejado en nuestra web una noticia sobre el derecho de los abuelos a relacionarse con sus nietos.